Según Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, Capitulo III, Artículo 13, numeral 12 expedida por la DIAN, la boleta o ticket es el documento equivalente a la factura ya que cumple con los requisitos exigidos de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 617 del Estatuto Tributario.


Por tanto no se requiere expedir una factura adicional, este soporte es válido contablemente y cumple con los requisitos mínimos legales como factura.